La cara oculta del aborto
No es infrecuente que ante un hecho o situación concreta la sociedad
responda con una valoración ética muy diferente, según cómo dicha situación se
le presente.
En este sentido existen formas del mismo hecho que hieren más intensamente
la sensibilidad pública que otras, aunque en el fondo todas ellas debieran
merecer el mismo calificativo moral. Esto puede aplicarse directamente al caso
del aborto provocado. La valoración ético-moral que el aborto merece no es
uniforme en todas las ocasiones, ya que depende en gran medida de cómo dicho
aborto se nos presente. Está claro el rechazo de gran parte de la sociedad de
las formas técnicas digamos “tradicionales” de efectuar el aborto, pero no lo
está tanto en muchas otras formas de interrupción de la vida humana, que por no
tener el dramatismo que normalmente muestra el aborto, nos pasan casi inadvertidas
y existe una mucha menor sensibilidad social y crítica ante ellas.
Entre estas situaciones en las que se eliminan vidas humanas de no
nacidos, se encuentran fundamentalmente las prácticas de fecundación “in vitro”
y gran parte de los sistemas anticonceptivos que en la actualidad se utilizan.
A estas formas solapadas de aborto, de eliminar vidas humanas incipientes, es a
lo que voy a referirme en esta exposición.
Antes de entrar en ello, es necesario que me detenga en un hecho
biológico fundamental para la comprensión del problema. Me refiero a la
valoración del momento en que se inicia la vida humana.
Si se admite que la vida humana empieza con la fecundación, es decir,
con la unión del óvulo y el espermatozoide, cualquier interrupción de la misma
después de este hecho biológico supondrá la eliminación de un nuevo ser humano.
Digo esto, porque es un argumento intencionadamente difundido, cuando se trata
de establecer el momento del inicio de la vida humana, que ésta se inicia con
la El aborto: ¿derecho de la mujer o genocidio silencioso? 54 implantación,
es decir, cuando el óvulo femenino fecundado anida en el útero materno: esto no
resiste la más mínima crítica científica.
Si así fuera, que la vida se inicia con la implantación, no habría aborto,
no habría eliminación de vidas humanas, si previamente no existe implantación
del óvulo fecundado; pero si no es así como ciertamente no lo es, cualquier
interrupción de la trayectoria vital de un óvulo fecundado constituye la
eliminación de un ser de nuestra misma especie, de un ser humano y, por lo
tanto, es un aborto provocado. No voy a extenderme más en esta controversia
sobre el inicio de la vida humana. Centraré mi exposición en determinadas
prácticas anticonceptivas y en su relación directa, de causa a efecto, con el
aborto.
Píldora anticonceptiva No vamos a entrar aquí en la valoración
éticomoral de la anticoncepción oral, pues excede al objetivo de esta
exposición, sólo nos vamos a detener en si estas prácticas llevan aneja o no
pérdida de vidas humanas. Ello ocurriría en la medida en que los
anticonceptivos orales actúen por un mecanismo antiimplantatorio o
anticonceptivo. Si la píldora y vamos a definir así al conjunto del los
anticonceptivos orales para facilitar nuestro lenguaje, aun sabiendo que no
todos ellos tienen la misma composición farmacológica impide la gestación por un
mecanismo antiimplantatorio, es decir abortivo, habrá que admitir que en la
medida en que ello ocurra se estará favoreciendo el aborto, se estará
propiciando el que se pierdan vidas humanas.
Como comentaremos al hablar del dispositivo intrauterino, un índice para
valorar en qué ocasiones la píldora ejerce su acción por un mecanismo antiimplantatorio, sería comprobar
la elevación de la BHCG, hormona marcadora de la gestación. En mi búsqueda
bibliográfica no he
encontrado datos en la literatura sobre ello, en cambio sí que he encontrado
abundantes referencias a su función antiimplantatoria.
Como muy bien saben la píldora está compuesta por estrógenos y progesterona,
ambos fármacos inhiben la secreción de las hormonas hipofisarias FHS y LH, bajo
cuya acción el folículo ovárico madura y el óvulo queda en disposición de ser
expulsado del ovario y fecundado. El efecto predominante del componente
estrogénico de la píldora es inhibir El aborto: ¿derecho de la mujer o
genocidio silencioso? 55 la secreción de la FSH, mientras que la progesterona fundamentalmente inhibe
la liberación de la LH. Como resultado de ambas acciones se frena la ovulación
y por tanto se impide la fecundación. Pero también la píldora tiene otras
acciones, como son el incremento de la viscosidad del moco cervical de la
matriz uterina, dificultando con ello el paso de los espermatozoides hacia la
trompa; la modificación de la motilidad de la trompa que entorpece el avance
del óvulo por el canal tubárico hasta el lugar en donde se debe encontrar con
el espermatozoide, y por tanto en donde debe ocurrir la fecundación, y
finalmente la alteración del endometrio que dificulta la implantación. Por los
dos primeros mecanismos la píldora actuará como anticonceptiva, por el último actuaría
como abortiva. Estos mecanismos de acción de la píldora son hoy día ampliamente
admitidos. En relación con ello transcribo algunas citas que lo avalan.
En una revisión del Am J Obstet Gynecol (132:217-219,1978), el Dr.
Chang, coautor con Picus del descubrimiento de la píldora, se refiere a los
mecanismos de acción de la misma y textualmente indica “further studies have
show that the oral contraceptives not only inhibit ovulation but also inhibet
fertilization (due to the disturbance of sperm and speedup of egg transport)
and prevent implantation and embrionic development (due to the endometrial
development being out of phase with the developing embryo).”. También en el
tratado de Goodman y Gilman, Bases Farmacológicas de la terapeútica obra
fundamental en el campo de la píldora, comenta “aun cuando la ovulación no
resulte impedida, es fácil imaginar que los anticonceptivos pueden interferir
en la fecundación por una acción directa en el conducto genital. Por la experiencia
en animales se sabe que el endometrio debe estar justamente en la etapa
apropiada de desarrollo, bajo la acción del estrógeno y la progesterona para
que ocurra la anidación. Parece poco probable que se produzca la implantación
en el desordenado endometrio que se forma bajo la mayoría de los represores”.
Finalmente en una didáctica revisión publicada en el J Chem Education
(55:591596,1978) titulada “A Pill for birth Control” se resume “the pills also
increase the viscosity of the cervical mucus , thus impeding sperm transport,
and they alter the nature of the endometrium making it less receptive to
attachment by a fertilized egg”. En nuestro pais un equipo médico del Servicio
de Ginecología de una de las más prestigiosas El aborto: ¿derecho de la mujer o
genocidio silencioso? 56 clínicas hospitalarias, la Clínica Puerta de Hierro, publica (Profesión Médica:
2011,1987) una revisión sobre “Historia y análisis de todos los métodos
anticonceptivos” y en la misma refiere que “los anticonceptivos hormonales
pueden actuar de tres formas: en primer lugar impidiendo la ovulación, y de ahí
su denominación de anovulatorios; en segundo lugar impidiendo la unión de los
espermatozoides masculinos y los óvulos femeninos y en tercer lugar impidiendo
la implantación en el endometrio del huevo fecundado en la trompa”.
Parece por tanto irrefutable que uno de los mecanismos por los que actúa
la píldora anticonceptiva para impedir la gestación es dificultando la
implantación del óvulo ya fecundado, por lo que en consecuencia en las
ocasiones en que así actúe, lo haría por un mecanismo abortivo.
Se podría sin embargo a ello objetar, que la acción abortiva a que nos
estamos refiriendo ocurriera fundamentalmente cuando se utiliza la píldora
combinada de estrógenos más progesterona, en la que la dosis de estrógenos es
aproximadamente de 50 ug. Como dicha píldora ha mostrado perniciosos efectos
secundarios en la actualidad, para prevenirlos, se trata de utilizar píldoras
con menos dosis de progesterona y prácticamente sin estrógenos. En este sentido
se está difundiendo ampliamente la utilización de la minipíldora, que contiene 0.075
mgr de norgestrel o 0.35 mgr de noretindrona, ambos derivados de la
progesterona, y no contiene estrógenos. Según se comenta en el tratado de
Goodman y Gilman, anteriormente aludido, la acción de la minipíldora con 0,35
mgr de noretindrona, es mediada por alteraciones del moco cervical y del
endometrio, sin que influya sobre la ovulación. Es decir la minipíldora, al
contrario de la píldora tradicional, tenderá a actuar más por un mecanismo
antiimplantatorio que anticonceptivo.
Por tanto se puede asegurar que en un número no bien determinado de
casos, pero sin ninguna duda en un número cierto de ellos, la píldora,
cualquiera que sea su composición química, puede actuar por un mecanismo
antiimplantatorio, es decir puede ser abortiva.
Vamos a analizar qué cuantía de abortos, podría ser dependiente de la utilización
de la píldora en el conjunto de la población mundial.
En el momento actual no es fácil establecer en qué porcentaje de El
aborto: ¿derecho de la mujer o genocidio silencioso? 57 casos la
píldora actúa como anovulatoria, anticonceptiva, o antiimplantatoria, pero lo
que sí es cierto, como anteriormente comentábamos, es que en un porcentaje
seguro de casos actúa por el ya referido mecanismo antiimplantarorio.Sin lugar
a dudas no pecaríamos de exagerados si partiéramos de la base de trabajo de que
en el 90% de los casos actúa por los tres mecanismos independientes de su
efecto antiimplantatorio y en el 10% restante podría hacerlo dificultando la implantación.
Pero si adicionalmente a ello hoy día sólo se tiende a utilizar la mini píldora
y su mecanismo de acción es en la mayoría de los casos antiimplantatorio, se
podría decir que en un porcentaje de veces superior al 50% la gestación es
impedida por la minipíldora por un mecanismo abortivo. De todas formas para no
pecar de extremistas vamos a partir en nuestros cálculos de que en el conjunto
de la anticoncepción oral solamente en el 10% de los casos se evite la gestación
por un método abortivo.
¿Cúantos abortos supondría ello en el conjunto de la anticoncepción
mundial? Para calcularlo habría que conocer los siguientes puntos:
1) número total de usuarias por año;
2) posibles embarazos que se
hayan evitado por un mecanismo antiimplantatorio.
Parece que el número de usuarias de la píldora puede oscilar entre 50 y
100 millones (Contracepción 34:3,1986), aunque esta cifra de acuerdo con otros
autores (J Chem Education 55:591-596,1978) estaría más próxima de los 100
millones, pues sólo en EEUU son alrededor de 10millones de mujeres las usuarias
de la píldora (Pediatrics 62:1211-1215, 1978).
Por otro lado la posibilidad media de embarazo de una mujer al año,
cuando tiene relaciones sexuales libres y sin que en dichas relaciones medie
ningún procediento anticonceptivo, no está absolutamente definido; pero vamos a
tratar de acercarnos al conocimiento de esa cifra a través de tres vías, que al
final prácticamente coinciden al establecer la proporción de embarazos que una
mujer podría tener en esta situación de libre actividad sexual y por lo tanto
la proporción de embarazos que cualquier mujer evitaría por año cuando se
utilizara la anticoncepción oral.
Es conocido que la media de tiempo transcurrido desde que una El aborto:
¿derecho de la mujer o genocidio silencioso? 58 pareja inicia
su vida matrimonial, con actividad sexual no controlada artificialmente, hasta
el primer embarazo es aproximadamente tres meses. Por tanto, en estas
circunstancias cada tres meses podría producirse un embarazo en caso de
actividad sexual libre. Por ello si se utilizara la píldora en estas
condiciones se podrían evitar cuatro embarazos por mujer y año. Suponiendo que
las relaciones sexuales sean menos frecuentes en los años siguientes al primer
año de matrimonio, se podría rebajar esta cifra hasta la mitad aproximadamente,
es decir, a dos posibles fecundaciones por mujer y año. También los grupos
dedicados a la fecundación “in vitro” han realizado estudios sobre el número de
fecundaciones que se pueden conseguir por mujer/año teniendo relaciones sexuales
libres. En este sentido, el grupo de Norfolk concluyó que podrían ser alrededor
de 0,73 embarazo mujer/año (comunicación personal).
Todos los datos algunos no los expongo para no extender me - parecen
indicar que una pareja con relaciones sexuales libres y sin utilizar métodos
anticonceptivos, evitan alrededor de dos gestaciones anuales. Dado que la
píldora, como anteriormente hemos comentado, la utilizan alrededor de 100
millones de mujeres, se habrían evitado por este mecanismo alrededor de 200 millones
de gestaciones/año. Como anteriormente habíamos llegado a la conclusión de que
en un 10 % de los casos la píldora podría evitar la gestación por un mecanismo antiimplantatorio,
se podría estimar que como consecuencia de la utilización de la píldora se
producen alrededor de 20 millones de interrupciones de vidas humanas/año. Por
tanto, aunque este es un campo en el que no es fácil establecer cifras con
total exactitud, se podría afirmar sin temor a que la cifra obtenida se aleje
mucho de la verdadera, que alrededor de 20 millones de vidas humanas se
eliminan al año por causa de la píldora.
Dispositivo intrauterino (DIU)
Es el otro sistema ampliamente utilizado dentro de la práctica anticonceptiva.
En relación con el dispositivo intrauterino la primera pregunta que habría que
responder es sobre su mecanismo de acción.
¿Actúa el DIU como antiimplantatorio, o como anovulatorio o antifertilizante?
Así como con respecto a la píldora existen escasos datos sobre su posible
acción antiimplantatoria, con relación al DIU su acción El aborto: ¿derecho de
la mujer o genocidio silencioso? 59 antiimplantatoria está ampliamente
comprobada.
En los datos de la literatura se refiere que entre un 35 y un 44 % de
las mujeres portadoras de un DIU se detecta un incremento de la BHCG en la
última parte de su ciclo menstrual. Ello quiere decir que, en esta misma
proporción de ciclos, se produjo una implantación y, por tanto, una gestación.
Dada esta disparidad de porcentajes, vamos a tomar la cifra del 20 % citada por
Hodgen (J. Clin. Endocrinol. Metab. 46:698, 1978), como dato medio de los
ciclos en los que se detectó implantación en mujeres utilizando el DIU. Ello
quiere decir que en estas mujeres, si tienen una actividad sexual normal, en
los doce ciclos del año existirá la posibilidad de 2,4 implantaciones, por lo
que también se puede concluir que cada una de ellas estaría evitando este mismo
número de gestaciones por un método abortivo.
Si se admite que aproximadamente 60 millones de mujeres en todo el mundo
utilizan el dispositivo intrauterino (Contraception 34: 3, 1986) y si son
aproximadamente dos gestaciones por año las que se evitan por un mecanismo
antiimplantatorio utilizando este método anticonceptivo, se puede concluir que
son alrededor de 120 millones de gestaciones las que se impiden en las usuarias
del DIU por un método abortivo.
La píldora abortiva
En el momento actual se están experimentando diversos fármacos para ser
utilizados como abortivos en sustitución de los tradicionales métodos
quirúrgicos que en el aborto se utilizan. Ello fundamentalmente es debido a que
la anticoncepción química, la píldora, tiene efectos secundarios importantes
para la mujer (Lancet 2:727-731, 1977) y a que el aborto puede presentar
asimismo objetivos efectos secundarios, que en una de las más amplias
revisiones realizadas sobre el tema los acercan al 9,4 % de los abortos
realizados (J. Roy Coll Gen. Pract. 35: 175-180, 1985). Por ello, la
investigación médica se ha dirigido en los últimos años a la búsqueda de
fármacos capaces de sustituir a la tradicional píldora y al aborto quirúrgico,
tratando de conseguir con ello el deseado efecto abortivo sin los efectos
secundarios negativos que aquellos métodos presentan.
El aborto: ¿derecho de la mujer o genocidio silencioso? 60 Aunque han sido
varios los intentos experimentales en este sentido, por el momento son dos los
tipos de fármacos utilizados: las prostaglandinas y las antiprogesteronas. Entre
las prostaglandinas, han sido la E2 y la F2 las que se han mostrado más
eficaces como abortivas (Lancet 1: 157, 1970. Lancet 1: 190, 1970). También
diversos análogos sintéticos de estos fármacos han sido utilizados con el mismo
fin (Obstetr. Gynecol. 48: 221, 1976). Sin embargo, debido a que su eficacia no
es muy elevada y a que poseen indudables efectos secundarios, difíciles de
controlar, las porstaglandinas o sus derivados sintéticos no se utilizan hoy en
día ampliamente como abortivos, auqnue se sigue experimentando en este campo
con objeto de tratar de encontrar fármacos más eficaces. Mejores perspectivas como
inductor del aborto parece que ofrece un nuevo fármaco, la mifepristona, que
con el nombre comercial de RU 486 ha sido autorizada para utilizarse
comercialmente en Francia a partir del 18 de diciembre del año 1988, tras dos
años aproximadamente de experimentación con la misma. La mifepristona es un
esteroide sintético con actividad antagonista de la progesterona, que actúa
competitivamente con ésta a nivel de sus receptores hormonales.
Dado que la progesterona es una hormona necesaria para la adecuada
anidación del óvulo fecundado, si se inhibe su acción como hace la RU 486, se
interrumpe la gestación al favorecer la desimplantación del embrión. Para que
su acción abortiva sea más eficaz, se suele utilizar conjuntamente con una
prostaglandina que provoca la contracción uterina, favoreciendo así la
eliminación del embrión. Utilizando conjuntamente mifepristona y sulfoprostona
(esta ltima un análogo de las prostaglandinas), se puede llegar a una eficacia abortiva
del 100 % (Press Med.,XII'1987). Otros estudios, así mismo de grupos franceses,
también han confirmado estos resultados (N.Eng.J.Med. 315: 25, 1986).
En relación con estos fármacos, la Organización Mundial de la Salud ha
promovido una investigación clínica con mifepristona que se está llevando a
cabo en Estocolmo, Aberdeen, Szeged, Hanoi, Milán,Nueva Delhi, Sanghai,
Singapur, Utrech, y en nuestro país, en Valencia (Special programme of Research, Development
and Research Training in Human Reproduction. 14 annual
report. Ginebra WHO, 3752, 1985).
Como se ve es un amplio plan experimental que sin duda avala el interés que
determinados grupos de presión tienen en que estos fármacos abortivos se
introduzcan definitivamente en el campo de la reproducción humana.
Al hablar de la RU 486 hay que dejar claramente establecido el carácter
abortivo de su mecanismo de acción. Para tratar de ocultarlo, al igual que
ocurrió con el aborto al que se ha tendido a denominar “interrupción del
embarazo”, con la RU 486 se está tratando igualmente de utilizar términos menos duros
que el de fármaco abortivo. En este sentido, en recientes reuniones médicas
sobre esta materia se ha utilizado el término de contragestivo (Barcelona,
17.V.1987) y también el de regulador de la menstruación. Todo ello con el
objetivo claro de paliar el efecto negativo que sus mismos defensores saben que
tendría el clasificarlo claramente como un fármaco abortivo.
A pesar del apoyo de la OMS, anteriormente referido, para que la RU 486
sea ampliamente utilizada tras su comercialización en Francia, el Comité
Nacional de Etica de ese país ha recomendado que el uso de este producto no sea
autorizado sino en el cuadro de las leyes en vigor y bajo control médico
(Tribuna Médica, 22.I.1988). De lo que no cabe duda es de que,
independientemente de estas recomendaciones, parece inevitable que si los
efectos secundarios que aun hoy en día esta píldora abortiva presenta se
consiguen minimizarla RU 486 será un fármaco ampliamente utilizado en el campo
de la fertilidad humana, tendiendo a mi juicio a sustituir a las prácticas
abortivas por métodos quirúrgicos que actualmente se utilizan.
Calcular el número de abortos que cuando ello ocurra se podrán producir
en el mundo es en este momento imposible de realizar, pero sí parece evidente
que con la introducción de la RU 486 y otros fármacos similares a éste, que en
un futuro próximo puedan desarrollarse, se va a transformar radicalmente todo
el problema del aborto, que pasará de ser un tema con amplia repercusión
social, en el que la persona que lo practica no sólo debe responder ante su
conciencia sino también ante la sociedad que controla dicho acto, para
convertirse en un problema estrictamente individual, cuya práctica dependerá
exclusivamente del juicio moral que la utilización de estos fármacos abortivos
merezca a la mujer que los vaya a utilizar.

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